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El texto legal citado divide los privilegios civiles en tres grupos, examinados en sus voces respectivas, y que son: o) privilegios sobre bienes inmuebles; b) privilegias sobre bienes muebles; c) privilegios sobre bienes muebles e inmuebles. Con referencia al Derecho esp., v. PRELACIÓN DE CRÉDITOS.
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 19/06/2018. |