Tecnicismo impreciso que agrupa todas las modalidades de la propiedad y del dominio que no se ajustan a la regulación normal de tales derechos en el Cód. Civ., relativa de modo casi exclusivo a los predios rústicos y urbanos y a las cosas muebles. Fuera de esa nota negativa coincidente, resulta casi imposible construir una teoría peculiar de las propiedades especiales. No obstante, en ellas se advierte, por su carácter administrativo casi siempre, una intervención más activa del Estado y la necesidad de concesión o la temporalidad de las mismas.
    Propiedades especiales son la de las aguas, la de la« minas, la industrial, la literaria, entre otras de menor trascendencia.

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Publicado el 19/06/2018.