El notarial donde constan los testamentos y los reconocimientos de filiaciones que se hagan. Su regulación se encuentra en los arts. 34 y 35 de la Ley del Notariado esp. El de testamentos contiene tanto los cerrados como los abiertos, cuando así lo soliciten los testadores. Este protocolo, en lugar de llevarse *por año, se cierra por centenas, dado su escaso movimiento.