La resultante de indicios, conjeturas, señales o presunciones más o menos vehementes y decisivos, aceptados por el juez como conclusión de orden lógico y por derivación o concatenación de los hechos. Es peculiar del procedimiento criminal, donde el culpable y su defensor procuran borrar todas las pruebas delictivas o desfigurarlas de modo tal, que la convicción plena o la evidencia de los hechos resulte prácticamente inlograble.
    Lo concerniente a esta prueba —denominada también de indicios, conjetural, circunstancial e indirecta- se desenvuelve más ampliamente en ías voces INDICIO, PRESUNCIÓN y sus especies.

Tema: Derecho General, Que es

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Publicado el 19/06/2018.