En el Derecho catalán, la mujer que es heredera universal. Corresponde este término al «hereu» (v.e.v.), denominación del varón que se encuentra en igual situación de preferencia patrimonial sucesoria.
En el Derecho catalán, la mujer que es heredera universal. Corresponde este término al «hereu» (v.e.v.), denominación del varón que se encuentra en igual situación de preferencia patrimonial sucesoria.