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publicidad de los ímpresos

A los fines de las leyes de imprenta, se entiende publicado un impreso u obra cuando se han extraído mas de 6 ejemplares del mismo establecimiento en que se haya realizado la impresión. Si se trata de un cartel, o impreso destinado a colocarse en las paredes, se estima publicado en cuanto se fije en cualquier paraje público.
En cuanto a libros u obras en general, y do acuerdo con los tratados internacionales, se entienden publicados solamente los editados; de modo que la representación de una obra dramática o dramático- music&l, la ejecución de una obra musical y la exposición de una obra de arte, no se considera publicidad. . .

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