m. Número de individuos necesarios o cantidad mínima de personas presentes para que un cuerpo delibere.
  sustantivo masculino ( m.) Número de individuos necesario para que tome ciertos acuerdos un cuerpo deliberante.
•     Política (Pol.)  Proporción de votos favorables que requiere un acuerdo. 
quórum en el Derecho Usual
Llamamos quorum a la mayoria de personas que se necesita en una asamblea para discutir sobre un tema. Ejemplo: de un conjunto de 10 personas, habria quorum de 2/3 si estan presentes 7 personas de los 10 convocados.
«quórum» en el Derecho Usual
Esta voz latina, ya castellanizada y que significa los que, los cuáles, se pronuncia haciendo sonar las dos úes; lo cual deroga la norma, inadvertidamente conservada por la Academia, de que sólo forma sílaba la q con la e y con la i, y que la u es siempre servil o muda; desmentido en este vocablo y en exequátur al menos.
Aparte esa observación de pasada, quorum se dice en lenguaje parlamentario y en el de otras asambleas para referirse al número de miembros que deben encontrarse presentes para su constitución, deliberación y sobre todo en las votaciones, para eficacia de sus acuerdos. El vocablo, comenzó a usarse por los ingleses, y ya se aplica incluso en lo privado, como en las juntas de accionistas. Se refiere sin embargo más bien a cierta mayoría cualificada (v.e.v.) en las votaciones, o a un número especial de asistentes (al menos la mitad más uno) para empezar una se-ion o junta.