m. Renta, utilidad que rinde un capital.

    sustantivo masculino ( m.) Economía (Econ.) Renta o beneficio que rinde un capital periódicamente o en un plazo único.

    rédito en el Derecho Usual

    Interés. Renta. Beneficio. Utilidad. Rendimiento.
    De manera preferente, por réditos, que es palabra en comienzo de desuso, se comprende el interés del dinero, sea convencional o legal, (v. INTERÉS y sus clases.). > En la Argentina, en lugar de impuesto a las utilidades o sobre las rentas, se habla del impuesto a los réditos (v.e.v.). En el Dec. 18.229 se da una definición de los mismos como "remanente neto, o sea, el sobrante de las entradas o beneficios sobre los gastos necesarios para obtener, mantener y conservar dichos réditos (no computándose como tales los gastos personales del contribuyente y su familia)".

Tema: Derecho General, Economía, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 6/06/2018.