f. Forma de gobierno representativa en que el poder reside en el pueblo y está representado por un jefe de Estado llamado presidente.
  sustantivo femenino ( f.)  Política (Pol.)  Estado, cuerpo político.
•     Política (Pol.)  Forma de gobierno representativo en que la soberanía reside en el pueblo, personificado éste por un jefe supremo. 
república en el Derecho Usual
Palabra de etimología latina: de res, cosa, y pública, pública. Equivale en su acepción ¡mis amplia a causa pública, comunidad, Estado. Cabe aplicarla políticamente a todos ellos, con independencia de su sistema de poderes.
En sentido estricto, la Academia Española la define como Estado que se gobierna sin monarca. Con más rigor de técnica política, puede decirse que es, en su auténtica expresión, la forma de gobierno de origen electivo y popular; caracterizada por la duración determinada de la representación o mandato, atribuciones limitadas y responsabilidad de todos sus órganos y miembros, incluso el jefe del Estado, que la simboliza, y denominado, en todos los países en que está instaurada, Presidente.
Históricamente, el régimen republicano se remonta a la edad clásica de Grecia y Roma; en la Edad Media se mantiene en las pequeñas pero florecientes ciudades y comarcas italianas. La suiza es la más antigua de las actuales en Europa. Después de la Revolución francesa y con la emancipación de América donde es hoy el sistema exclusivo se difundió rápidamente. En Europa han contribuido especialmente las derrotas o penurias de las monarquías en las dos grandes guerras a la implantación de numerosas repúblicas.
Si la república, además de ser por el pueblo, es para el pueblo, se denomina propiamente democrática. La aristocrática, ejercida por un grupo reducido y en su beneficio, no es frecuente, al menos nominalmente.
Son unitarias cuando la potestad del gobierno nacional anula casi todas las iniciativas de los núcleos territoriales menores; y federales, cuando existen atribuciones locales bien definidas y con ciertas facultades legislativas propias. La república española de 1931 quiso ser un sistema intermedio, que se auto- denominó integral.
Por las relaciones del trabajo y de clases, son burguesas o socialistas, con matices tan variados, que se enlazan.
Por las atribuciones del primer mandatario, se clasifican en presidencialistas, que predominan en América, con amplitud de poderes y con ministros que no están a merced de la mayoría de las cámaras; y parlamentarias, más frecuentes en Europa, en que el presidente actúa casi exclusivamente de poder moderador, con un gobierno que necesita, además de la confianza de aquél, el voto de las asambleas nacionales. Se dan sistemas mixtos, como se entendía el español, que reconocía el veto presidencial en ciertos asuntos.
Aunque nominalmente se digan repúblicas, y lo hayan 3ido legítimamente en sus orígenes, son incompatibles con su noble significado los regímenes personalistas y dictatoriales, que sin la asegurada continuidad, sucesión hereditaria y boato de las cortes, están emparentados más próximamente con los antiguos monarcas absolutos.
Como alegoría, cual símbolo, la República se representa en billetes, sellos, monedas, timbres, escudos, como matrona con un gorro frigio (v.e.v.), o simplemente por éste. La figura femenina, juvenil, de rostro hermoso y formas amplias y vigorosas, suele llevar romo atributo un triángulo, ron la alegoría de la divisa triple de la Primera República Francesa: «Igualdad, libertad, fraternidad».
Aunque doctrinal y prácticamente opuestas monarquía y república, cual formas de gobierno (v.e.v.), se atenúan en ciertas realidades históricas, cuando el régimen monárquico se democratiza, como en los países escandinavos; mientras los gobiernos que prescinden de la consulta popular sincera, aun sin corona que haga sombra al dictador o tirano, integran monarquías o imperios, corno Jos totalitarios. Además, tiende un puente entre ambas la monarquía electiva, si bien ésta, por lo vitalieio del cargo y la consiguiente inviolabilidad y pompa, se encuentre más cerca de síi primer término, del personalismo monárquico.
República, en Derecho Político, significa además la duración de un régimen republicano en determinado país, o la época desde su implantación o restablecimiento.    Municipio o conjunto de habitantes del mismo.    Ayuntamiento.    En las Vascongadas, caseríos dispersos que integran un concejo.
Como complemento o contraste, además de las diversas especies de Repúblicas a continuación insertas, v. JEFE DF. ESTADO, MONARQUÍA, OFICIO DE REPÚBLICA ; PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARCENTINA y DE LA REPÚBLICA; PRIMERA y SECUNDA REPÚBLICA. (5.408.)