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 responsabilidad penal en el Derecho UsualLa que se concreta en la aplicación de una pena, por acción u omisión dolosa o culposa del autor de una u otra. Es estrictamente personal, de interpretación restringida, de irretroactividad prohibida, de voluntariedad presunta (demostrada la relación de causalidad entre ejecutor o inductor y el resultado) y de orden público. (v. RESPONSABILIDAD CRIMINAL.)
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			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 15/06/2018. | 

 
