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lat. Doble estipulación del tercio. Promesa, perfeccionada como estipulación, por la cual el demandado, luego de idéntica promesa del demandante, se comprometía a pagar una cantidad igual al tercio de lo pedido, si perdía el litigio.
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 18/06/2018. |