Locución latina. Retenciones por gastos. Las expensas hechas en la dote durante el matrimonio podían ser deducidas de los bienes dótales al proceder a su restitución el marido supèrstite o sus herederos.
Locución latina. Retenciones por gastos. Las expensas hechas en la dote durante el matrimonio podían ser deducidas de los bienes dótales al proceder a su restitución el marido supèrstite o sus herederos.