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que debe aplicarse. "retroactividad de la ley " en el Derecho UsualSe habla de retro actividad legal cuando una ley, reglamento u otra disposición obligatoria y general, dictada por autoridad de Derecho o de hecho, ha de extender su eficacia sobre hechos ya consumados; esto es, anteriores en el tiempo a la fecha de su sanción y promulgación. De conformidad con el art. 39 del Cód. Civ. esp., las leyes no tendrán efecto retroactivo, si en ellas no se dispusiere lo contrario. Más expreso y terminante es el art. 3? del Cód. Civ. arg., el cual establece: "Las leyes disponen para lo futuro; no tienen efecto retroactivo, ni pueden alterar los derechos ya adquiridos". Por lo tanto, puede establecerse, sin lugar a dudas, que la norma legal es la irretroactividad de la ley; y de aquí, adquirida ima situación en virtud de un derecho establecido, no caben modificaciones de la misma en razón de leyes posteriores a la fecha en que el hecho y el derecho tuvieron su existencia. Empero, la retroactividad de la ley se ha impuesto en algunos Estados por regímenes de hecho, desconocedores en absoluto de la legalidad y del Derecho, (v. IRRETROACTIVIDAD, LEY RETROACTIVA.) (8, 1.894, 3.109, 4.010. 4.759, 4.778, 6.214, 6.229, 6.479.)
Tema: Derecho General, Derecho Penal, Que es
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Publicado el 15/06/2018. |