f. Conjunto de personas reunidas.

    sustantivo femenino ( f.) Acción y efecto de reunir o reunirse.
    • Conjunto de personas reunidas.
    Matemáticas (Mat.) Dada una colección de conjuntos, conjunto formado por los elementos que pertenecen por lo menos a uno de estos conjuntos. Se designa por el símbolo ( símb.) y verifica las propiedades conmutativa y asociativa.

    reunión en el Derecho Usual

    Nueva unión. Asamblea. Junta. Entrevista. Fusión. Anexión. Grupo de personas reunidas con alguna afinidad o conocimiento entre sí. Acumulación de cargos o funciones. | | Confusión de derechos, (v. DERECHO DE REUNIÓN.)
Tema: Derecho General, Enciclopedia Escolar, Matemáticas, Que es

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Publicado el 6/06/2018.