«reus in exceptionebus actor reputabitur»


    Locución latina. Este aforismo procesal del Derecho romano, citado aún, expresa que: al efecto de probar la excepción, se reputa actor al demandado. Así como se sienta la regla que la prueba incumbe a aquel que afirma, no al que niega, en este caso, el que excepciona debe probar la excepción formulada. Este principio es de aplicación en los casos de despido del trabajador por el patrono, en los que este último, por vía de excepción, debe probar que el despido ha sido justo.

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Publicado el 19/06/2018.