adj. Que puede o debe revertir.

    adjetivo (adj.) Que puede o debe revertir.
    Mecánica (Mec.) Dícese ( Díc.) de una transmisión que puede ponerse en movimiento actuando sobre uno cualquiera de los cuerpos enlazados por ella.
    Biología (Biol.) Química (Quím.) Dícese ( Díc.) de la alteración de una función o de un órgano cuando puede volverse a su estado normal.
    • Dícese ( Díc.) de la reacción química que puede tener lugar en ambos sentidos.

    reversible en el Derecho Usual

    Sujeto a reversión (v.e.v.).

Tema: Biología, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 6/06/2018.