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sustantivo femenino ( f.) Costumbre inverterada, hábito adquirido de hacer las cosas por mera práctica y sin razonarlas. • Computación (Comp.) Pequeño programa que nunca se ejecuta como programa individual, aunque podría hacerse, y que siempre forma parte de otro programa principal desde el cual se accede al anterior. ¤ RUTINARIO, RIA ; RUTINERO, RA . rutina en el Derecho UsualCostumbre inveterada. Ejecución automática de una tarea o labor. Hábito que la práctica infunde. Repetición automática de trámites y procedimientos, sin percibir las evoluciones ni las diferencias.En todas sus formas, la rutina es característica de la burocracia, y uno de sus peores males, (v. DOCTRINA, EMPIRISMO, TRADICIÓN.)
Tema: Computación, Derecho General, Enciclopedia Escolar, Que es
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Publicado el 6/06/2018. |