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Como señala Hubert-Vallerotix, los partidarios del salario familiar confunden dos nociones absolutamente distintas: la caridad y la justicia. La primera obliga al patrono a conceder ciertas ventajas a sus obreros cargados de familia; pero no lo puede hacer sino en la medida de lo posible. En realidad, el patrono sólo debe al trabajador el equivalente de su trabajo, y nada más. En la práctica, el establecimiento del salario familiar conduce a que los empresarios no admitan a trabajadores con familia numerosa, a que despidan a otros por casarse, etc. En la legislación positiva, el salario familiar se ha implantado en Australia en 1941 y en Portugal en 1942. En Francia, desde 1932, se conceden primas familiares. El sobresalario familiar suele incluirse en los convenios normativos y laudos de trabajo. El beneficio suelen extenderse a los hijos ilegítimos; y de vivir separada la mujer con los hijos del matrimonio, el subsidio familiar se le abona a ella. (v. SALARIO INDIVIDUAL.)
¿Mejoramos la definición?
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Publicado el 15/06/2018. |