seguro de enfermedad profesional


    Rama del seguro social (v.e.v.) que remedia en lo posible el riesgo de la enfermedad derivada del trabajo, a costa de la contribución patronal en todo caso y de la del trabajador en ciertos tipos de organización. Los gastos de médico, cirujano, farmacéutico, ortopédico, los de hospitalización, convalecencia e incluso una indemnización o subsidio diario durante la enfermedad son cubiertos por este seguro.
    Alemania, en 1883, dio el buen ejemplo en esta materia, que hoy cuenta con cerca de 40 naciones donde se ha implantado un régimen legal para atender el riesgo profesional Dcr enfermedad, sea estrictamente laboral (por causa del trabajo) o también la inculpable padecida por el trabajador, pero fortuita o extraña a su tarea específica y a la concurrencia al lugar de trabajo, (v.
    ENFERMEDAD DEL TI ABAJO, INCULPABLE Y PROFESIONAL.)


Tema: Derecho Laboral, Que es

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Publicado el 15/06/2018.