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seguro de maternidad

Peculiar manifestación del seguro social (v.e.v.), por cuanto se refiere tan sólo a las mujeres trabajadoras (obreras o empleadas) y dentro del amplio lapso de su vida en que pueden ser madres —de los 15 a los 50 años por lo general—, que no cubre un «riesgo» (salvo adoptar criterio anticoncepcionalista), sino que ampara a la trabajadora cuando, por el trance de cumplir con la suprema función de transmitir la vida, debe abandonar durante determinado tiempo el trabajo, con la consiguiente pérdida de salario antaño, y el riesgo (éste sí positivo) de descuidar al hijo y de comprometer la propia salud, por retirarse muy a última hora de las tareas y reincorporarse lo más pronto posible, para no dejar dé obtener la remuneración cotidiana.

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