Una de las iormas del seguro sobre la vida (v.e.v.), cuando la cantidad o capital que el asegurador ha de entregar no depende de la supervivencia, sino del fallecimiento de una persona. Tal es el caso del seguro de accidentes del trabajo por muerte del trabajador, que determina, a favor de los que dependían económicamente de él, la percepción de una pensión o de un capital.
En los contratos ajenos a los riesgos profesionales, el seguro de muerte determina la indemnización correspondiente desde que ocurre el fallecimiento del asegurado, y a favor del beneficiario por él designado.