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• Tanto cruel. sevicia en el Derecho UsualSe dice en general por toda crueldad o dureza excesiva con una persona; y, en particular, de los malos tratos de que se hace víctima al sometido al poder o autoridad de quien así abusa. La sevicia del padre para con el hijo puede ser causa de suspensión e incluso privación de la patria potestad. En el matrimonio, la sevicia puede originar la separación o el divorcio, allí donde éste se admita. Aun cuando algunos códigos y leyes especiales hablen de la sevicia del marido para con la mujer, puede darse indistintamente por cualquiera de los dos cónyuges contra el otro; y, con arreglo a esa posición, establece la Ley arg. de matr. civ., en su art. 67, la sevicia como causa de divorcio, no vincular. El n9 6v del mismo precepto se refiere a "los malos tratamientos, aunque no sean gx-aves, cuando sean tan frecuentes que hagan intolerable la vida conyugal", constitutivos asimismo de causa para separarse los cónyuges.Es causa de revocación del legado por ingratitud, haber ejercido sevicia contra el testador después de otorgado el testamento (art. 3.843 del Cód. Civ. arg.). Cabe aplicar hasta reclusión perpetua al que mate a otro con sevicias graves (art. 80 del Cód. Pen. arg.). (v. ENSAÑAMIENTO.)
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Publicado el 15/06/2018. |