f. Enfermedad infecciosa adquirida por contagio y transmitida por herencia.

    sustantivo femenino ( f.) Patología (Pat.) Enfermedad infecciosa de tipo venéreo, ocasionada por el protozoo Treponema pallidum. Se manfiesta por erupciones cutáneas y mucosas, inflamaciones viscerales y lesiones degenerativas de diversos tejidos y órganos. El contagio es por vía directa (sobre todo en el curso de relaciones sexuales) o indirecta; también puede ser transmitida durante el embarazo de la madre luética al feto (s. congénita). ¤ SIFILÍTICO, CA .

    sífilis en el Derecho Usual

    Terrible enfermedad, transmisible por herencia, y por trato carnal y aun por contacto con quien la padece. Por supuesto, es "enfermedad profesional" de las prostitutas; pero no origina indemnización alguna por la proscripción de ese comercio.
    La transmisión de la sífilis produce responsabilidad penal siempre que quepa demostrar el dolo o alegar al menos la imprudencia en la relación sexual; si bien, por las consecuencias que tales procesos suelen traen en la reputación de una de las partes, sea acción poco ejercida, y más cuando tropieza con la casi segura insolvencia del responsable si lo pretendido consiste en el resarcimiento civil.



Tema: Derecho Penal, Enciclopedia Escolar, Patología, Que es

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Publicado el 6/06/2018.