Representación de una nación o Estado por medio de personas o cosas. En el sentido personal, la Const. esp. de 1931 expresaba que el presidente de la República "personifica a la nación", que es tanto como decir que la simboliza; porque precisamente el jefe del Estado es el símbolo personal máximo de la nación.
    Como símbolos materiales, por más que se les espiritualice, sin negar su valor y supremo significado, se encuentran la bandera, el escudo y algunos otros signos que en ciertos casos se instauran. Como símbolos nacionales sonoros han de citarse la letra y la música del himno nacional.
    Los ultrajes a los emblemas o símbolos nacionales se castigan con la pena de prisión menor; y de ser con publicidad, con prisión mayor (art. 123 del Cód. Pen. esp.).
    Hay que entender que la publicidad no se refiere sino a la del momento de la ejecución; no a la trascendencia que por la prensa o por las autoridades se le dé al agravio.



Tema: Derecho Penal, Que es

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Publicado el 15/06/2018.