El integrado por trabajadores de todas clases/subordinados profesionalmente a un empresario; o que lo han estado en el pasado inmediato, aun cuando por ejercer cargos sindicales, por invalidez o retiro de la profesión u otra causa admisible, no ejerzan en la actualidad el oficio o especialidad. Son los sindicatos por antonomasia; y, por ello, cuanto se expresa en el artículo SINDICATO les conviene de modo principal. Se contraponen a los sindicatos patronales; y tratan de conciliarse en los frustrados sindicatos mixtos (v.e.v.) La voz posee, laboralmente, la desventaja señalada para el vocablo obrero, que resulta restringido, como sinónimo más bien de trabajador manual; cuando el Derecho Laboral y el sindicalismo comprenden a todos los trabajadores subordinados a un patrono o empresario.



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Publicado el 15/06/2018.