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1* aislamiento celular, nocturno y diurno; 2* aislamiento celular nocturno y trabajo diurno en comunidad, pero en silencio; 3f libertad condicional. Los períodos se suavizan en grados, en los que cabe retroceso disciplinario. La laboriosidad, buena conducta e interés didáctico se traducen en bonos o puntos, convertidos luego, en beneficios. Sin entrar en detalles, propio de las disposiciones penitenciarias, el Cód. Pen. esp. determina que las penas de reclusión mayor y menor, los presidios y las prisiones (también mayores y menores), se cumplirán según el sistema progresivo; cuyo régimen, grados, ascensos, trabajo, enseñanza y visitas se rige por las leyes y reglamentos especiales, que empezaron con el de 1883 para la Cárcel modelo de Madrid, para hacerse extensivo el sistema a todos los estable- cimiAltos por la Ordenanza de 1901. De acuerdo con la Ley arg. 11.833, el sistema progresivo comprende 5 grados, que se aplican a todas las condenas de prisión o reclusión superiores a 3 años: A. de observación; B. de reclusión, en que el condenado trabaja en el interior del establecimiento; C. de orientación en una colonia penal o cárcel industrial, con posibilidad de trabajar fuera del establecimiento penitenciario; D. de prueba, en campos de semilibertad; E. de reintegración, con libertad vigilada, sometido al Patronato de Excarcelados y Liberados (art. 11).
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Publicado el 15/06/2018. |