sustantivo masculino ( m.) Acción y efecto de sobornar.
    • Dádiva con que se soborna.
    • fig. Cualquier cosa que mueve el nimo a complacer a otro.
    América ( Amér.) Sobrecarga, peso añadido.

    soborno en el Derecho Usual

    Acción o efecto de sobornar. Dádiva con que el sobornador corrompe al sobornado (v.e.v.). La indignidad alcanza por igual al sujeto activo y al pasivo.
    Integra una verdadera prostitución del espíritu, sin la excusa material del placer buscado en el comercio carnal Cualquiera corrupción interesada. Incentivo para complacer o ganar el ánimo ajeno. Seducción pagada.
    Penalmente, el soborno se considera en su sinónimo cohecho (v.e.v.). (2.487.)


Tema: Derecho Penal, General, Que es

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Publicado el 15/06/2018.