El herido leve. En lo penal constituye un caso de lesiones leves o levísimas (v.e.v.) cuando no haya existido intención de matar; y frustración en el supuesto homicida.
El herido leve. En lo penal constituye un caso de lesiones leves o levísimas (v.e.v.) cuando no haya existido intención de matar; y frustración en el supuesto homicida.