Locución latina. Ha de estarse a la -carta, a lo pactado. Constituye una adaptación aragonesa del principio «pacta sunt servanda.» (v.e.v.), que erige en ley la voluntad de las partes, en cuanto no se oponga a Derecho o moral,» ni resulte imposible. La primera formulación positiva parece ser la observancia 16 de la Compilación de 1437: «Judex debet stare et judicare semper ad chartham et secundum in ea continetur, nist aliquid impossibile vel contra Jus Naturale continetur in ea» (El juez ha de estar siempre a la carta y juzgar según lo contenido en ella, salvo que ésta contenga algo imposible o contrario al Derecho Natural).
En el Apéndice foral al Cód. Civ. esp. se inserta la expresión con motivo de los pactos conyugales: «Cuantas obligaciones otorguen los interesados acerca de la aportación de bienes, del régimen o de la disolución de la sociedad conyugal, serán obligatorias con arreglo al principio «standum est ckarthae», siempre que no infrinjan prohibición expresa en la legislación vigente de Aragón, y sean opuestas a los fines esenciales del matrimonio» (art. 59). (v. AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD.)