El que trabaja en país que no es el suyo ni por sangre, ni por nacimiento ni por nacionalización. A medida que se torna más uniforme la legislación laboral de los distintos países, por obra de las conquistas de los trabajadores y de la O. I. T., se va produciendo paradójicamente una situación sucesiva de dificultades para los extranjeros que quieren y deben trabajar fuera de su patria, y a veces aun formando parte de familia nacional, o habiéndola creado en el país de residencia. Ello es consecuencia de la crisis del trabajo en combinación con el sentido nacionalista que prende incluso entre los trabajadores. Así se establecen desde restricciones en la proporción de trabajadores extranjeros y nacionales hasta despiadadas prohibiciones de los extraños, sin vacilar en imponer, por la amenaza del despido o cesantía, una naturalización forzosa, que no inculca con igual celeridad el patriotismo recién adquirido.
    Los trabajadores extranjeros encuentran también obstáculos para el ejercicio de cargos directivos en los sindicatos, y en ocasiones incluso para la afiliación. Otra medida injusta para ellos suele proceder de la privación de los derechos pasivos (como la jubilación), logrados a través de paciente y laboriosa permanencia en suelo extranjero; pues si se pretende luego disfrutar de los últimos años de descanso de la vida en el solar patrio, o se arrebatan los beneficios a quien se repatría o sólo se le permiten temporadas tan breves, que los gastos de traslado y regreso no se compensan con tales haberes, (v. TRABAJO DE LOS EXTRANJEROS.)
Tema: Derecho Laboral, Que es

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Publicado el 16/06/2018.