|
Basándose generalmente en el movimiento constante de los trabajadores, de un lugar a otro, las tareas se tornan confusas; se pierde la sincronización que permite un mejor rendimiento de los trabajadores; se achaca la responsabilidad de la producción escasa o del mal servicio al patrono, ya que precisamente se cumplen al pie de la letra sus instrucciones. El trabajo a reglamento consiste en realizar la labor adecuándose rigurosamente a lo establecido en las disposiciones dictadas para su ejecución por la empresa, dando trascendencia a todos y a cada uno de los preceptos contenidos en el reglamento de trabajo (v.e.v.), poniendo especial cuidado en los más nimios detalles, para reducir la eficacia de la labor al mínimo y obtener el logro de las demandas planteadas; ya que sólo se tiende con ello a obtener algo de la empresa, como arma perjudicial para el patrono, sin incurrir en la ruptura de la huelga, ni quebrantar la obligación de diligencia, como en el trabajo a desgano (v.e.v.). Aun cuando ello conduce a la rebeldía, y a desconocer entonces la autoridad patronal, el trabajo a reglamento es arma de dos filos; porque, si el pretexto es una orden previa del empresario, este mismo siempre "que no haya convenio expreso en contra no tiene sino que imponer un ritmo más acelerado a las tareas, cuyo incumplimiento perjudicaría la situación de los trabajadores. Se aplica especialmente esta forma de "trabajar" en las empresas que explotan servicios como transportes, teléfonos, luz eléctrica y análogas, donde existen minuciosos reglamentos sobre trato del material y realización de tareas.
¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)
Publicado el 16/06/2018. |