m. Vestido completo de una persona.

    sustantivo masculino ( m.) Indum. Vestido peculiar de una clase de personas o de los naturales de un país.
    Indum. Vestido completo de una persona.

    traje en el Derecho Usual

    Vestido ; la ropa exterior.
    Además de las reglas de policía acerca de la moraly de la prohibición de disfraces, fuera de Carnavales u ocasiones especiales, el traje ofrece interés procesal, al punto de establecer la Ley de Enj. Crim.
    esp. que quien detuviere o prendiere a un presunto culpable tornará las precauciones necesarias para que el detenido o preso no haga en su persona o traje alteración alguna que pueda dificultar su reconocimiento (art. 371).
    Además, los alcaides de las cárceles y los jefes de depósitos de presos tomarán precauciones para conservar el traje con que los detenidos o presos hayan ingresado, aunque por reglamento deban llevar otro en el establecimiento ; y eso para que puedanponér• selo de nuevo si es conveniente para diligencias de reconocimiento (art. 372).
    Cuando un cadáver no pueda ser identificado, y se presuma que la muerte se ha debido a un delito, el juez, antes del enterramiento, dispondrá que se recoja el traje con que haya sido hallada la víctima, para -ulteriores identificaciones (art. 342).
    No sólo en caso de muerte violenta, sino en los de fallecimiento normal, se procede a registrar el traje del difunto; ya para buscar elementos relacionados con su muerte, ya para averiguar si deja papeles (incluso testamento puede ser) u objetos que interesen a sus sucesores.
    Penalmente, constituye delito usar traje o uniforme propio de un cargo que no se ejerza (como toga rectoral) , de una profesión a que no se pertenezca (la militar, por ejemplo) o de un estado que no se tenga (cual el de clérigo). La pena es de multa, según el art. 324 del Cód. Pen. esp.

Tema: Derecho Penal, Enciclopedia Escolar, General, Que es

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Publicado el 6/06/2018.