Como figuras delictivas dentro de la traición (v.e.v.), y con sistemática muy discutible, ya que no se lesiona la lealtad, sino los sentimientos afectivos y el mutuo respeto internacional, el Cód. Pen. esp. establece que "los ultrajes a la nación española o al sentimiento de su unida!, así como a sus símbolos y emblemas, se castigarán con la pena de prisión menor; y, si tuvieren lugar con publicidad, con la de prisión mayor" (art. 123).
    Además de esa sanción individual contra el delito, el ultraje a los símbolos nacionales ha originado choques armados en tiempos pretéritos. Hoy suscitan reclamaciones diplomáticas y desagravios cuando se cometen en el extranjero; pero nada más, pues las guerras son muy caras por ese motivo tan sólo.

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Publicado el 15/06/2018.