sustantivo femenino ( f.) Calidad de universal.
    Derecho (Der.) omprensin.

    universalidad en el Derecho Usual

    Calidad de lo que es universal (v.e.v.). Conjunto jurídico de cosas o derechos, (v. UNIVERSALIDAD DE HECHO y DE DERECHO.) Comprensión o inclusión total en la herencia de todos los derechos, obligaciones, acciones y responsabilidades del causante. (4.199.)
Tema: Derecho, Derecho General, Que es

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Publicado el 15/06/2018.