Locución latina. Universalidad de bienes. Conjunto de cosas que, sin estar unidas entre sí materialmente, constituyen una unidad jurídica, regulada por normas distintas a la de sus elementos aislados; como una empresa o un establecimiento mercantil, (v. "UNIVERSITAS PERSANARUM".)
Tema: Latin, Que es

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Publicado el 15/06/2018.