Arrogación del uso o disfrute de los productos, inventos, marcas, patentes de la ajena propiedad industrial (v.e.v.). Además de las detalladas normas penales incluidas en la ley especial da la materia, el Cód. Pen. instituye, como genérica sanción de todo atentado contra la misma, las penas contra los defraudadores que se finjan dueños de lo inmueble ajeno: arresto mayor y multa del tanto al triplo del perjuicio irrogado (art. 533).