usurpación de titulos u honores


    Dentro de tal calificación, el Cód. Pen. arg. incluye al que públicamente lleve insignias o distintivos de un cargo que no ejerza o "se abrogare" (aic, errata o grave confusión con arrogarse) grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondan. La pena consiste en multa de 50 a 1.000 pesos (art. 247).
    Para el Derecho español, v. EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA, Uso INDEBIDO DE UNIFORMES.



Tema: Derecho Penal, Que es

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Publicado el 15/06/2018.