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 El vas (singular de vades) prometía solemnemente que el demandado comparecería en el lugar y horas señalados, o que pagaría si no una suma de dinero. Al desaparecer el sistema procesal de las acciones de la ley, los vades perdieron su significado; pero todavía se les identifica durante el procedimiento formulario como garantes a través de estipulaciones. . 
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 15/06/2018. | 

 
