|
En la navegación, y en el Derecho Marítimo y en el Penal varamiento (v.e.v.). Con etimología no de varar, como la anterior acepción, sino de vara, conjunto de jornaleros que, en Andalucía, van, mandados por un capataz o manijero, a efectuar diversas labores en los olivos y otros cultivos. (v TRABAJÓ POR EQUIPO.) Tiempo que dura ese trabajo. En la minería, trabajos hechos en una mina al cabo de un lapso determinado. Ese período, que suele ser de un trimestre, al cabo del cual se ajustan cuentas y se reparten las ganancias que haya. Importe de esas ganancias. Dividendo que por las mismas corresponde a cada accionista o condueño.
¿Mejoramos la definición?
Puntos: 0( 0 votos)
Publicado el 15/06/2018.
|
|