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velación

En el sentido de velar o vigilar, vigilancia o cuidado. Trabajo nocturno. | | Cuidado de un enfermo por la noche. Guardia nocturna. Atenta observación o examen.
De mayor interés, por el Derecho Canónico, es el vocablo velación, usado más bien en plural (velaciones), para designar la ceremonia solemne con que la Iglesia bendice el matrimonio. En este sentido, la voz procede de velo, como cosa que cubre. En efecto, las velaciones consisten en cubrir, durante la misa nupcial, con un velo a los contrayentes, que se pone sobre la cabeza de la esposa (cual signo de la teórica obediencia) y pasa por el hombro del marido, como señal de que a ella lo une ese lazo indisoluble.
Las velaciones no son posibles en todo tiempo. Por de pronto, únicamente caben en las bodas celebradas por la mañana; salvo que la Iglesia amplíe a esto la autorización de la misa vespertina, de acuerdo con la revolucionaria decisión pontificia de la Epifanía de 1953. Además, .ha de tratarse de época en que estén autorizadas; ya que desde el primer Domingo de Adviento hasta Navidad y desde el Miércoles de Ceniza hasta el Domingo de Resurrección no cabe esta solemnidad, salvo alguna licencia muy especial, (v.
BENDICIÓN NUPCIAL) ? Las velaciones no atañen en absoluto a la validez del matrimonio, que cabe celebrar en cualquier época del año, en cuanto a causas religiosas. Más aún, la ceremonia en sí va decayendo, porque no siempre usan velo los que se desposan, por no requerirlo el ritual romano.
Abrirse las velaciones: empezar el tiempo en que la Iglesia autoriza que se velen los contrayentes del matrimonio.
Cerrarse las velaciones: correr el lapso durante el cual está canónicamente prohibido que la boda pueda ser con tal ceremonia.

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