f. Ligereza, rapidez. Celeridad en el movimiento.

    velocidad en el Derecho Usual

    Ligereza, rapidez, prontitud del movimiento. } Acción en poco tiempo.
    La velocidad, uno de los ideales de la civilización en las comunicaciones y en los transportes, es también anhelo, sin quebrantar las garantías, para la tramitación de las causas judiciales; pero estamos aún muy lejos de la era aérea en esta materia; de 1a que sólo son excepción los juicios sumarísimos, notablemente los que versan sobre las responsabilidades máximas y con penas frecuentemente irreparables., En los transportes ferroviarios, esta palabra, no siempre demostrada en el tiempo, califica diversas medios de envío, más rápidos conforme más caros: En doble pequeña velocidad: cuando la mercancía debe ser transportada en tren mixto (de pasajeros y carga).
    En gran velocidad: transporte de mercancías en el primer tren de viajeros que vaya, del punto de envío a la estación de destino.
    En pequeña velocidad: facturación en que lo remitido queda a la espera de trenes de mercancías, con disponibilidades, y sin que las largas y numerosas paradas, de días a veces, permitan reclamar al expedidor.



Tema: Derecho Civil, Enciclopedia Escolar, Que es

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Publicado el 6/06/2018.