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 via sumaria en el Derecho UsualProcedimiento abreviado, ya por el carácter posesorio de la cuestión en lo civil, ya por la índole grave o flagrante de los hechos en lo penal. Se contrapone a la vía ordinaria; y se diferencia, aunque coincida con ella en la rapidez, pero no en cuanto al carácter del fallo, generalmente provisional al ejecutar, de la vía ejecutiva (v.e.v.; y., además, JUICIO SUMARIO y SUMARISIMO).
			           ¿Mejoramos la definición? Puntos: 0( 0 votos)  Publicado el 15/06/2018. | 

 
