sustantivo masculino ( m.) Terreno plantado de vides.

    viñedo en el Derecho Usual

    Viña; terreno plantado de vides, de manera exclusiva o en abundancia, aun combinadas con otros cultivos, como suele hacerse.
    Con multa hasta de 50 pesetas castiga el Cód. Pen.
    esp. al que, con cualquier motivo o pretexto atraviese plantíos, sembrados, olivares o viñedos (art. 589, no 2<>). Si se incurre en violencia contra personas o fuerza en las cosas, la pena se duplicará.



Tema: Derecho Penal, General, Que es

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Publicado el 15/06/2018.