Se dice que algo está en tela de juicio cuando se encuentra sometido a consideración y se espera que recaiga resolución en el caso. Manifiesta la duda acerca del éxito, de la decisión favorable o adversa.
Escriche expone un concepto procesal que difiere en algo del anterior. Estima que la tela de juicio no es sino la forma de proceder judicialmente; y que cuando se manda examinar y decidir un negocio sin tela de juicio, vale tanto como decir que sólo se ha de atender a la averiguación de la verdad con toda prontitud, sin observar las solemnidades y dilaciones, que alargan el pleito. Es decir, que constituiría una forma sumaria de proceder, sentido desusado actualmente.