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ARTICULO 615.-Competencia Es juez competente el que otorgó la guarda con fines de adopción, o a elección de los pretensos adoptantes, el del lugar en el que el niño tiene su centro de vida si el traslado fue tenido en consideración en esa decisión.
Introduccion COMENTADA al Art. 615 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 615 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 612 ] [ Art. 613 ] [ Art. 614 ] 615 [ Art. 616 ] [ Art. 617 ] [ Art. 618 ]¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 615 del C.CyC?
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