Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

ARTICULO 1999 Renuncia a la acción de partición del C.C.C. Comentado Infojus Argentina

<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1999.- Renuncia a la acción de partición. El condómino no puede renunciar a ejercer la acción de partición por tiempo indeterminado.

1. Introducción

Una eventual renuncia a la acción de partición por parte de los condóminos conducirí­a al mantenimiento slne die de la figura, lo que ciertamente no es "”ni ha sido"” la intención del legislador. El artí­culo que se glosa viene a regular el ejercicio de la facultad de renunciar a dicha acción, admitiéndola únicamente cuando es por un tiempo determinado.

Interpretacion COMENTADA al Art. 1999 (con jurisprudencia)

Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1996 ] [ Art. 1997 ] [ Art. 1998 ] 1999 [ Art. 2000 ] [ Art. 2001 ] [ Art. 2002 ]
¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1999 del C.CyC?

Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO CUARTO- DERECHOS REALES>>
TITULO IV- Condominio >>
CAPITULO 4 - Condominio con indivisión forzosa temporaria >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

3895

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

 
Extraido de : https://jojooa.com/ccc-comentado-infojus/introduccion-art-1999

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos