Art. 328 Producción De Prueba Anticipada Después De Trabada La Litis. del CPCC Comentado Buenos Aires
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
Art. 328 .- - Después de trabada la litis, la producción anticipada de prueba sólo tendrá tugar por las razones de urgencia indicadas en el art. 326, salvo la atribución conferida al juez por el art. 36, inc. 2.
\nConcordancias: CPN, art. 328; Cat., art. 328; Chaco, art. 308; Chubut, art. 328; Córd., art 488; ERíos, art. 316; Form., art. 326; Jujuy, art. 256; LPampa, art. 306; LRioja, art. 80; Mis., art. 328; Neuq., art. 328; RNegro, art. 328; Salta, art. 328; SJuan, art, 313; SLuis, art. 328; SCruz, art, 306; SFe, 273; SdelEstero, art. 321,
\n
§ 1. Prueba anticipada después de trabada la litis. - La norma limita la práctica de las pruebas en motivos de urgencia, ante la posibilidad de su pérdida o de dificultosa reproducción.
\nDeberá, además, tratarse de testimonios de personas de muy avanzada edad, gravemente enfermas o próximas a ausentarse; o del reconocimiento judicial, pedido de informes o absolución de posiciones.
Ver articulos: [ Art. 325 ] [ Art. 326 ] [ Art. 327 ] 328 [ Art. 329 ] [ Art. 330 ] [ Art. 331 ]
Codigo Procesal Civil Bs As Comentado >>
Libro II- Procesos De Conocimiento>>
Título I- Disposiciones Generales >>
CAPÍTULO II - Diligencias Preliminares >
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
Compartir
64Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Extraido de : https://jojooa.com/codigo-procesal-civil-bs-as-comentado/articulo-328.php¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
