Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Art. 594 Reglas Aplicables. del CPCC Comentado Buenos Aires

<< Art Anterior || Art Siguiente >>
Art. 594 .- - En las ejecuciones especiales se observará el procedimiento establecido para el juicio ejecutivo, con las siguientes modificaciones:

\n1) Sólo procederán las excepciones previstas en el capí­tulo siguiente.

\n2) No se admitirá prueba que deba rendirse fuera del lugar del asiento del juzgado, salvo que el juez, de

\nacuerdo con las circunstancias, lo considerara imprescindible, en cuyo caso fijara el plazo dentro del cual deberá producirse.

\nCONCORDANCIAS: CPN. art. 596; Cat., art. 596; Chaco, art 574; Chubut, art 596; ERí­os, art. 581; Form. art. 592; LPampa. art. 566; LRioja, art 310; Mis., art 596; Neuq., art 596; RNegro. art 596; Salta, art. 606; SJuan, art 578; SLuis, art 596; SCruz, art 576; SdelEstero, art. 588; TdelFuego, art 533.

\n
§ 1. Limitación de las excepciones. - La abreviación de las ejecuciones especiales reside, en lo sustancial, en la reducción de las excepciones; principio que limita considerablemente el conocimiento judicial. Asimismo, incide la limitación probatoria preceptuada en el inc. 2.
Ver articulos: [ Art. 591 ] [ Art. 592 ] [ Art. 593 ] 594 [ Art. 595 ] [ Art. 596 ] [ Art. 597 ]

Codigo Procesal Civil Bs As Comentado >>
Libro III- Procesos De Ejecución>>
TÍTULO III- Ejecuciones Especiales >>
Capí­tulo I - Disposiciones Generales >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

86

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

 
Extraido de : https://jojooa.com/codigo-procesal-civil-bs-as-comentado/articulo-594.php

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos