locución ( loc.) latina. Derecho (Der.) Aplícase al testamento y a ciertos actos de liberalidad, cuyo fin está determinado por la muerte y sucesión del causante.
mortis causa en el Derecho Usual
Locución latina. y esp. Por causa de muerte. Se refiere de modo particular a los testamentos y liberalidades que surten su efecto al morir el autor de aquéllos o de éstas.
El matrimonio mortis causa no es sino el matrimonio in artículo mortis (v.e.y.; y además, DONACIÓN y SUCESIÓN MORTIS CAUSA). Esta locución se contrapone a ínter vivos (y.e.y.).