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puerto franco

El marítimo, y por excepción el fluvial, en que pueden entrar las embarcaciones y descargar sus mercaderías sin tener que pagar derechos aduaneros ni otros fiscales por la introducción, almacenamiento, selección, manipuleo, compra o venta de los productos? ya procedan del interior del país o del exterior.
Los puertos francos constituyen una especie de islotes extraterritoriales, libres de registros, manifiestos de carga, etc. Ello no obsta a operaciones estadísticas por parte de las autoridades administrativas en cuanto a la anotación de las entradas y salidas de buques y mercaderías.
En la generalidad de los países existen uno o más puertos francos; y en Inglaterra tenían este carácter todos ellos hasta 1932, en que, como resultado de la Conferencia imperial de Ottawa, empezaron a percibirse derechos aduaneros de algunas mercancías.

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